ESTAFAS DE VENTA DE VIVIENDAS
El delito de estafa inmobiliaria se tipifica en nuestro Código Penal en el artículo.251.1 en el que se dice que será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años el que enajenare cosa mueble o inmueble, nuevamente, antes de la definitiva transmisión al adquirente, en perjuicio de éste, o de un tercero.
Nuestros Abogados penalistas especialistas en delitos inmobiliarios, concretados en estafas inmobiliarias y estafas por multipropiedad, podrán darle el asesoramiento requerido, no obstante a través de esta página le damos una breve reseña de las estafas inmobiliarias.
La doble venta inmobiliaria como delito
La doctrina jurisprudencial afirma que el delito de doble o múltiple venta de cosa inmueble, que prevé el artículo.251 del CP es una modalidad específica de la estafa, en la que el engaño consiste en la ficción de la propiedad sobre un inmueble, que ya no se tiene, por haberse transmitido el dominio del mismo con anterioridad, y en la que el enriquecimiento injusto estriba en el cobro por duplicado del precio del fundo, a costa del comprador segundo, perjudicado en el valor de la cosa comprada y no recibida.
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